MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDÍGENA Y SOCIAL – MAIS
RESOLUCIÓN No. 0010 de 2021
(6 de julio de 2021)
“Por medio de la cual se modifica la declaración política del Movimiento Alternativo Indígena y Social -MAIS en el Concejo de Bogotá Distrito Capital”.
EL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL
En ejercicio de sus facultades constitucionales, legales, estatutarias, y conforme a los siguientes:
CONSIDERANDOS
Que el día 3 de febrero de 2020 ante el Consejo Nacional Electoral se radicó la relación de las declaraciones políticas del MAIS de conformidad con lo establecido en los artículos 6 y 10 del Estatuto de la Oposición y los artículos 21, 23 y 47 de los Estatutos del MAIS.
Que mediante la Resolución No. 0867 del 25 de febrero de 2020 en el artículo primero del resuelve, se ordenó inscribir en el Registro Único de Partidos, Movimientos Políticos y Agrupaciones Políticas las declaraciones políticas emitidas por el MAIS, en las que se encuentra discriminadamente la declaratoria de independencia frente al gobierno del Distrito de Bogotá de la bancada de MAIS en marco de la COALICIÓN Colombia Humana-UP y MAIS.
Que el día 6 de julio de 2021, mediante reunión del Comité Ejecutivo Nacional y del Distrito de Bogotá del MAIS, los ediles Luis Alfonso Realpe, Edwin Marulanda y Jorge Giovanny Calderón, la concejala Ati Quigua Izquierdo y los Representantes a la Cámara por Bogotá, María José Pizarro y David Racero Mayorca, quienes conjuntamente con sus Directivos Nacionales y Distritales decidieron cambiar la declaratoria de INDEPENDENCIA a de OPOSICIÓN en razón a la desatención y trato inhumano que se le ha dado a la población indígena que viven o residen en el distrito, la represión ilegitima y desproporcionada a los jóvenes protestantes, incluso con muerte de algunos jóvenes, así como la estigmatización publica por parte de la Alcaldesa Mayor a la protesta, a través de las redes sociales.
Que el artículo 8 del parágrafo de la Ley 1909 de 2018 dice lo siguiente:
“Las organizaciones políticas podrán por una sola vez y ante la Autoridad Electoral modificar su declaración política durante el periodo de gobierno”.
Que el artículo 9 de la Ley 1909 de 2018 señala:
“Registro y publicidad. La declaración política o su modificación, deberá registrarse ante la correspondiente Autoridad Electoral, o en su defecto ante la Registraduría Distrital o Municipal según corresponda, quienes deberán remitirla de manera oportuna a aquella, para su respectiva inscripción en el registro único de partidos y movimientos políticos. A partir de la inscripción se harán exigibles los derechos previstos en esta ley.
La Autoridad Electoral publicará y actualizará en su página web las respectivas declaraciones o modificaciones”.
En razón a la manifestación y consideraciones del Comité Ejecutivo Distrital, conjuntamente los electos en Bogotá al Congreso, Consejo y ediltatos, donde exponen las razones por las cuales deciden cambiar la declaratoria política frente el Gobierno Distrital de Independencia a Oposición, este Comité Ejecutivo Nacional, ha decidido respaldar la decisión de las directivas distritales.
En mérito de lo expuesto, el Comité Ejecutivo Nacional del Movimiento Alternativo Indígena y Social –MAIS:
RESUELVE
PRIMERO: MODIFICAR la declaración política frente a al Gobierno Distrital de Bogotá de Independencia a OPOSICIÓN, según lo establecido en el artículo 6 del Estatuto de la Oposición.
SEGUNDO: ORDENESE que por Secretaria General del MAIS se remita a la Autoridad Electoral competente y al Concejo Distrital de Bogotá para que se registre la modificación de la declaración política a OPOSICION frente a la Administración Distrital.
TERCERO: La presente Resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
MARTHA ISABEL PERALTA EPIEYU