Para: Comités Departamentales, Municipales, Candidatos, Órganos de Dirección, Control y Consultivos.

Asunto: Modificación de candidatos y listas de candidatos. El Comité Ejecutivo Nacional del Movimiento Alternativo Indígena y Social -MAIS, en ejercicio de las facultades consagradas en el artículo 21 y 49 de los Estatutos, informa que, para tramitar las modificaciones de las candidaturas con suficiente antelación estas se recibirán hasta el 1 de agosto del 2019.

Son causales de modificación según el artículo 31 de la Ley 1475 de 2011 las siguientes:

1. Falta de aceptación de la candidatura por no firmar el formulario E-6 o no enviar carta de aceptación.

2. Renuncia a la candidatura, debe venir con nota de presentación personal con huella ante notario público, Registrador Municipal o Juez de la República.

3. Por muerte del candidato, se debe presentar el Registro Civil de Defunción.

En ese orden de ideas, el Comité Ejecutivo Municipal o Departamental según corresponda, deberá presentar el acta donde se informe de la renuncia, no aceptación o muerte del candidato y se postule al nuevo candidato que reemplace el saliente.

La nueva candidatura deberá venir con todos los requisitos estatutarios y legales, señalados en la resolución 0001 del 21 de marzo de 2019, entre ellos formato de afiliación si es el caso, carta de compromiso, hoja de vida, etc., para efectos de la expedición del aval modificatorio y la inscripción en la plataforma de la Registraduría E-7.

Una vez realizado el procedimiento anterior, los nuevos candidatos y los directivos departamentales deberán presentarse ante a la Registraduría de su municipio para formalizar la inscripción, para ello deberán llevar la resolución de aval y el formulario E-7 impreso y debidamente diligenciado.

 

 

COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL

 

Adjunto: CIRCULAR INTERNA 020 del 30 de julio de 2019, periodo de modificación de candidatos y listas de candidatos.