Enviar vía correo electrónico los informes de la gestión realizada por ustedes en ejercicio del cargo para el cual fueron electos, conforme al artículo 63 de los estatutos de MAIS, que establece los deberes de los electos, entre ellos: “Enviar cada seis (6) meses informe de gestión y resultados por el ejercicio del mandato o investidura al Comité Ejecutivo Nacional en el formato estándar interno. El Comité Ejecutivo Nacional enviará copia del mismo a los respectivos órganos departamentales y municipales según corresponda”.