MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDÍGENA Y SOCIAL – MAIS
RESOLUCIÓN No. 0035
(02 de septiembre de 2025)
“Por la cual se convoca a la Novena Dirección Nacional y de dictan otras disposiciones”.
EL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL
En ejercicio de sus facultades constitucionales, legales, estatutarias, y conforme a los siguientes:
CONSIDERANDOS
Que, el artículo 21 de los Estatutos del Movimiento Alternativo Indígena y Social – MAIS, establece que es función del Comité Ejecutivo Nacional “ejercer la administración del MAIS, velando por la ejecución y la implementación nacional, regional, departamental y local de las estrategias y actividades del MAIS en lo político, administrativo, organizativo, jurídico, económico y financiero”, acatando las disposiciones emanadas de la Convención Nacional y de la Dirección Nacional.
Que, el artículo 23 de los Estatutos del MAIS determina las funciones de los integrantes del Comité Ejecutivo Nacional, señalando entre las atribuciones de la Secretaría General, la de “convocar a reunión por solicitud del Comité Ejecutivo Nacional o de la Dirección Nacional”.
Que, el artículo 19 de los Estatutos del Movimiento, referente a las Reuniones, Quórum y Votaciones, dispone que la Dirección Nacional deberá reunirse como mínimo cada seis (6) meses, y que las sesiones podrán instalarse cuando se compruebe la asistencia de al menos la mitad de los convocados, adoptando sus decisiones por mayoría simple, esto es, con la mitad más uno de los votos de los asistentes.
Que, de conformidad con los principios de democracia interna, participación y continuidad institucional que orientan al Movimiento Alternativo Indígena y Social – MAIS, corresponde al Comité Ejecutivo Nacional promover la convocatoria oportuna de los órganos de dirección, garantizando su funcionamiento, deliberación y toma de decisiones en el marco de la normatividad estatutaria vigente.
Que, en cumplimiento de lo dispuesto en la Constitución Política, la Ley y los Estatutos del Movimiento, se hace necesario convocar la Novena Dirección Nacional del Movimiento Alternativo Indígena y Social – MAIS.
RESUELVE
ARTÍCULO PRIMERO. CONVOCAR, por intermedio de la Secretaría General del Movimiento Alternativo Indígena y Social – MAIS, de manera presencial, a la Novena Sesión de la Dirección Nacional, con la participación del Consejo de Fundadores, para los días 28, 29 y 30 de noviembre de 2025, conforme a la programación y agenda de trabajo que se establezca para su desarrollo.
ARTÍCULO SEGUNDO. La Dirección Nacional del Movimiento Alternativo Indígena y Social – MAIS estará conformada, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 18 de los Estatutos, por:
Un (1) integrante de cada uno de los Comités Ejecutivos Departamentales del MAIS.
Dos (2) representantes del Consejo de Fundadores.
Dos (2) delegados de la Organización Nacional Indígena de Colombia – ONIC.
Los senadores, representantes a la Cámara, diputados y concejales de las ciudades capitales pertenecientes al MAIS.
Dos (2) concejales del MAIS que hayan obtenido la mayor votación a nivel nacional en ciudades no capitales.
ARTÍCULO TERCERO. La Secretaría General del MAIS será responsable de expedir las citaciones correspondientes, garantizar la logística necesaria y comunicar oportunamente a los miembros convocados el lugar, horario y demás aspectos organizativos de la sesión.
ARTÍCULO CUARTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga las disposiciones que le sean contrarias.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
RESOLUCIÓN No. 0035 – Convocatoria a la Novena Dirección Nacional

