“Por la cual se abre convocatoria, se fija el procedimiento y se reglamenta la conformación de los Organismos de Base y de Dirección Regional del MAIS y se dictan otras disposiciones”.
MOVIMIENO ALTERNATIVO INDÍGENA Y SOCIAL MAIS
En ejercicio de sus facultades Constitucionales, Legales, Estatutarias y conforme a los siguientes;
CONSIDERANDOS
Que el parágrafo 2º del artículo 21 de los estatutos del MAIS señala: “Es función del Comité Ejecutivo Nacional reconocer mediante la resolución, la condición de Comité Ejecutivos Regionales cuándo cumplan los requisitos”.
Que el Título III, Capítulo VII de los estatutos del MAIS, definen la conformación de los Organismos de Base y de Dirección Regional, a saber: Convención Departamental, Dirección Departamental, Comité Ejecutivo Departamental, Convención Municipal, Distrital o de Territorios Colectivos y Comité Ejecutivo Municipal.
Que la Circular 003 de 2021 del Comité Ejecutivo Nacional informó a toda la colectividad que se suspendieran las Convenciones Departamentales, Distritales y Municipales hasta tanto se realizara la Convención Nacional del MAIS, órgano que se reunió los días 31 de mayo y 1 de junio de 2021 en el municipio de Girardot – Cundinamarca.
Que de acuerdo con los Estatutos del MAIS, se determina la necesidad de convocar y reglamentar la conformación de los órganos de Dirección Regional, procurando un equilibrio en el proceso de organización desde las bases del movimiento sin detrimento de la necesidad de avanzar en los escenarios de campaña y demás actividades municipales, departamentales y nacionales.
Que la mayoría de las Convenciones Departamentales, no se han reunido de manera ordinaria hace más de tres años, por lo que se hace necesario convocar para que estas atiendan entre otras funciones, la elección de los miembros de Dirección Departamental y el Comité Ejecutivo Departamental, según lo establecido en el artículo 29 de los Estatutos de MAIS….