MOVIMIENTO ALTERNATIVO INDÍGENA Y SOCIAL – MAIS
RESOLUCIÓN No. 0002 de 2020
(12 de febrero de 2020)
“Por la cual se convoca a la Convención Departamental de Amazonas y se
dictan otras disposiciones”
EL COMITÉ EJECUTIVO NACIONAL
En ejercicio de sus facultades Constitucionales, Legales, Estatutarias y conforme aEn ejercicio de sus facultades Constitucionales, Legales, Estatutarias y conforme alos siguientes;
CONSIDERANDOS
Que el artículo 21 de los estatutos del MAIS señala; “es función del Comité EjecutivoNacional velar por la ejecución y la implementación nacional, regional,departamental y regional del MAIS en lo organizativo y político”.Que mediante Resolución 0001 de 2020 “Por la cual se reglamenta y se fija el procedimiento para la reestructuración y consolidación de algunos Comités Ejecutivos Departamentales” en el artículo 2 del resuelve menciona:
“Ordenar realizar las Convenciones Departamentales de Amazonas,“Ordenar realizar las Convenciones Departamentales de Amazonas,Antioquia, Boyacá, Cundinamarca, Magdalena, Putumayo y Quindío parareorganizar aquellos cargos del Comité Ejecutivo Departamental, órganos deBase y órganos de Control que requieran reestructuración inmediata para elbuen funcionamiento del Movimiento en las regiones, sin perjuicio queposteriormente este Comité incluya algún otro departamento”
Que la decisión del Comité Ejecutivo Nacional de realizar una ConvenciónQue la decisión del Comité Ejecutivo Nacional de realizar una ConvenciónDepartamental de Amazonas se debe en razón a que la mayoría de los miembrosdel Comité Ejecutivo Departamental presentaron renuncia verbal y escrita enreuniones convocadas; otros directivos, abandonaron el cargo o no atendieron sus funciones en sus respectivas dignidades, lo que conlleva a que los órganos de basefunciones en sus respectivas dignidades, lo que conlleva a que los órganos de basequeden incompletos, sin identidad ni apoyo para las mismas.
Que la Convención Departamental es el órgano de dirección de los departamentos;Que la Convención Departamental es el órgano de dirección de los departamentos;se reunirá de manera ordinaria cada año y de manera extraordinaria cuando searequerido y convocado por la Dirección Departamental. Sus decisiones deben estaren armonía y en concordancia con las decisiones de la Convención Nacional y elComité Ejecutivo Nacional
En mérito de lo anterior, el Comité Ejecutivo Nacional
RESUELVE
PRIMERO: Ordenar al Secretario General del MAIS que convoque la ConvenciónDepartamental de Amazonas conforme a la Resolución 0001 del 5 de febrero de2020.
SEGUNDO: Realizar la Convención Departamental de Amazonas para efectos dereorganizar aquellos cargos del Comité Ejecutivo Departamental, órganos de basey órganos de control departamentales, para la reestructuración inmediata según laparte motiva de la presente Resolución.
TERCERO: Que los integrantes, los criterios, requisitos de los aspirantes y demáslineamientos sean conforme a la Resolución 0001 del 5 de febrero de 2020 y losEstatutos del MAIS.
La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga lasdisposiciones que le sean contrarias.
PUBLIQUESE Y CÚMPLASE
MARTHA ISABEL PERALTA EPIEYU
Presidenta y Representante Legal
JULIO CESAR RODRIGUEZ A.
Secretario General